Embarazo durante tiempos de experimentos globales
El viacrucis de gestar y dar a luz nueva vida en el contexto de la "pandemia" COVID-19 y las inoculaciones contra la COVID-19.
En el anterior artículo, mencioné que mi esposa y yo habíamos decidido irnos de España (y Galicia) para dar a luz en un país distinto. Sin embargo, no hice mención a las situaciones particulares que motivaron esa decisión. En este artículo me dedicaré a exponer dichas situaciones.
Aplicar tratamientos con estudios limitados de seguridad a mujeres embarazadas: lecciones no aprendidas
A finales de los años 50s y comienzo de los 60s, se administró un medicamento como tratamiento para las náuseas durante el embarazo llamado Talidomida. Este medicamento fue prescrito a mujeres embarazadas sin que se hubieran realizado estudios de seguridad sobre el desarrollo del feto. Los resultados hablan por sí solos:
Luego de la experiencia de la Talidomida, sería de esperarse que cualquier tratamiento recomendado a mujeres embarazadas estuviera sometido a meticulosos estudios de seguridad tanto para la preservación del embarazo como de los efectos secundarios sobre el feto.
Sin embargo, en el caso de las inoculaciones contra la COVID-19, estos estudios son escasos y meramente observacionales. Veamos primero lo que dicen las indicaciones de los fabricantes.
Comirnaty (Pfizer)
Al momento de irnos de España, el prospecto de Comirnaty indicaba lo siguiente:
4.6 Fertilidad, embarazo y lactancia
Embarazo
La experiencia con el uso de Comirnaty en mujeres embarazadas es limitada. Los estudios en animales no sugieren efectos perjudiciales directos ni indirectos con respecto al embarazo, el desarrollo embriofetal, el parto o el desarrollo posnatal (ver sección 5.3). Solo se debe considerar la administración de Comirnaty durante el embarazo si los posibles beneficios superan los posibles riesgos para la madre y el feto.
Lactancia
Se desconoce si Comirnaty se excreta en la leche materna.
Fertilidad
Los estudios en animales no sugieren efectos perjudiciales directos ni indirectos en términos de toxicidad para la reproducción (ver sección 5.3).
Veamos qué dicen la sección 5.3 sobre los estudios de seguridad practicados en ratas de laboratorio (pero no en humanos):
5.3 Datos preclínicos sobre seguridad
Los datos de los estudios preclínicos no muestran riesgos especiales para los seres humanos según los estudios convencionales de toxicidad a dosis repetidas y de toxicidad para la reproducción y el desarrollo.
Toxicidad general
Las ratas que recibieron Comirnaty por vía intramuscular (recibieron 3 dosis humanas completas una vez por semana, que generaron niveles relativamente más altos en las ratas debido a las diferencias en el peso corporal) mostraron cierto grado de edema y eritema en el lugar de inyección y un aumento del número de leucocitos (incluidos basófilos y eosinófilos) compatibles con una respuesta inflamatoria, así como vacuolización de los hepatocitos portales sin signos de lesión hepática. Todos los efectos fueron reversibles.
Genotoxicidad/carcinogenicidad
No se han realizado estudios de genotoxicidad ni de carcinogenicidad. No se prevé que los componentes de la vacuna (lípidos y ARNm) tengan potencial genotóxico.
Toxicidad para la reproducción
Se investigó la toxicidad para la reproducción y el desarrollo en ratas en un estudio combinado de toxicidad para el desarrollo y fertilidad en el que se administró Comirnaty por vía intramuscular a ratas hembra antes del apareamiento y durante la gestación (recibieron 4 dosis humanas completas, que generaron niveles relativamente más altos en las ratas debido a las diferencias en el peso corporal, entre el día 21 antes del apareamiento y el día 20 de gestación). Se produjeron respuestas de anticuerpos neutralizantes frente al SARS-CoV-2 en las madres desde antes del apareamiento hasta el final del estudio el día 21 después del parto, así como en los fetos y las crías. No se observaron efectos relacionados con la vacuna en la fertilidad femenina, la gestación ni el desarrollo embriofetal o de las crías. No se dispone de datos de Comirnaty en relación con la transferencia placentaria de la vacuna o la excreción de la vacuna en la leche.
Al 30 de marzo de 2022 (y no antes, como se puede comprobar en Wayback Machine), el prospecto de Comirnaty ha sido actualizado e indica lo siguiente:
4.6 Fertility, pregnancy and lactation
Pregnancy
A large amount of observational data from pregnant women vaccinated with Comirnaty during the second and third trimester have not shown an increase in adverse pregnancy outcomes. While data on pregnancy outcomes following vaccination during the first trimester are presently limited, no increased risk for miscarriage has been seen. Animal studies do not indicate direct or indirect harmful effects with respect to pregnancy, embryo/foetal development, parturition or post-natal development (see section 5.3). Comirnaty can be used during pregnancy.
Breast-feeding
No effects on the breast-fed newborn/infant are anticipated since the systemic exposure of breast-feeding woman to Comirnaty is negligible. Observational data from women who were breast-feeding after vaccination have not shown a risk for adverse effects in breast-fed newborns/infants. Comirnaty can be used during breast-feeding.
Fertility
Animal studies do not indicate direct or indirect harmful effects with respect to reproductive toxicity (see section 5.3).
En el documento actualizado, la sección 5.3 permanece inalterada, por lo que los "estudios observacionales” mencionados no son citados en esa sección ni en ninguna otra parte del prospecto. Más adelante veremos qué quiere decir “estudios observacionales” y por qué es importante la distinción.
Vaxzevria (AstraZeneca)
Basado en lo que se puede obtener de Wayback Machine con respecto a Vaxzevria, al momento de escribir este artículo, la última actualización fue realizada en el 27 de agosto de 2021. En ella puede leerse:
4.6 Fertilidad, embarazo y lactancia
Embarazo
Hay experiencia limitada con el uso de Vaxzevria en mujeres embarazadas. Los estudios en animales no indican efectos perjudiciales directos o indirectos con respecto al embarazo, el desarrollo embrionario/fetal, el parto o el desarrollo post-natal (ver sección 5.3). La administración de Vaxzevria durante el embarazo debe ser considerada solamente cuando los beneficios potenciales superen los riesgos potenciales para la madre y el feto.
Lactancia
Se desconoce si Vaxzevria se excreta en la leche materna. En estudios en animales, se observó transferencia de anticuerpos anti-glicoproteína S de SARS-CoV-2 durante la lactancia de ratones hembra a las crías (ver sección 5.3).
Fertilidad
Los estudios en animales no indican efectos perjudiciales directos o indirectos con respecto a la fertilidad (ver sección 5.3).
Veamos lo que dice la famosa sección 5.3:
5.3 Datos preclínicos sobre seguridad
En un estudio de dosis repetidas en ratones, la administración IM de Vaxzevria fue bien tolerada. Se observó inflamación no adversa de células mixtas y/o mononucleares en los tejidos subcutáneos y músculo esquelético de los lugares de inyección y el nervio ciático adyacente, consistente con los hallazgos anticipados tras la inyección IM de las vacunas. No hubo hallazgos en los lugares de administración o nervios ciáticos al final del período de recuperación, indicando una recuperación completa de la inflamación relacionada con Vaxzevria.
Genotoxicidad/Carcinogenicidad
No se realizaron estudios de genotoxicidad ni de carcinogenicidad. No se espera que los componentes de la vacuna tengan potencial genotóxico.
Toxicidad para la reproducción
En un estudio de toxicidad para la reproducción y el desarrollo, Vaxzevria no indujo toxicidad materna o en el desarrollo tras la exposición materna durante los períodos de pre-emparejamiento, gestación o lactancia. En este estudio hubo transferencia, a los fetos y crías, de anticuerpos maternos antiglicoproteína S del SARS-CoV-2 detectables inducidos por la vacuna, indicando transferencia placentaria y durante la lactancia, respectivamente. No hay datos disponibles de Vaxzevria sobre la excreción de la vacuna en la leche.
Spikevax (Moderna) y Janssen (J&)
Los prospectos de Spikevax y Janssen son bastante similares a los prospectos de Comirnaty y Vaxzevria respectivamente por lo que no haré mención especial al respecto. Emplazo a los interesados a buscarlos en Wayback Machine o consultarlos en la web oficial del Ministerio de Sanidad español.
El elefante en la habitación que nadie quiere ver: estudios farmacocinéticos y de genotoxicidad
La farmacocinética, es el estudio de la biodistribución de los componentes de un medicamento en el cuerpo humano luego de su administración. Curiosamente, todos los prospectos indicaban lo siguiente con respecto a la farmacocinética de estos tratamientos:
5.2 Propiedades farmacocinéticas
No procede.
Cabría preguntarse por qué estos estudios farmacocinéticos no fueron realizados, especialmente dado que se trata de tratamientos sobre los cuales contamos con muy poca información porque, especialmente en el caso de tratamientos basados en la técnica de ARN mensajero, nunca han sido utilizados de manera generalizada más allá de estudios clínicos o para el tratamiento de dolencias crónicas extremadamente raras. El motivo de esta exclusión quizás tiene que ver con las directrices de la OMS con respecto a los estudios de seguridad de las vacunas. Veamos qué dicen estas directrices al respecto:
4.2.6 Pharmacokinetic studies
Pharmacokinetic studies (e.g. determining serum or tissue concentrations of vaccine components) are normally not needed.
Sigue luego el párrafo con:
The need for specific studies should be considered on a case by case basis (e.g. novel adjuvants or alternative routes of administration) and may include local deposition studies which would assess the retention of the vaccine component at the site of injection and its further distribution (e.g. to the draining lymph nodes). Distribution studies should be considered in case of new formulations, novel adjuvants or when alternative routes of administration are intended to be used (e.g., oral or intranasal).
Dado que los tratamientos basados en ARN mensajero (que son los que se recomiendan a mujeres embarazadas) usan componentes, como es el caso de las nanopartículas lípidicas y la pseudouridina, que nunca han sido usados en vacunas, (y mucho menos a la escala a la que han sido aplicadas a la población general) sería esperable que los estudios de farmacocinética hubieran sido realizados. Sin embargo, no se realizaron o, al menos, no se mencionaron en los prospectos.
El único estudio de farmacocinética realizado a la fecha fue solicitado por las autoridades japonesas previo a la aprobación de Comirnaty en Japón. En dicho estudio, se pueden encontrar las siguientes observaciones con respecto a la concentración de las nanopartículas lipídicas en diferentes órganos de ratas de laboratorio a través del tiempo:
Un análisis más exhaustivo de los resultados de este estudio farmacinético puede encontrarse en este artículo.
En vista de los resultados del estudio japonés, no sería descabellado plantearse la necesidad de realizar estudios farmacocinéticos más amplios y en el contexto de un embarazo y la posibilidad de que los componentes de los tratamientos genéticos traspasen la barrera placentaria. Sin embargo, en estos tiempos de aprobaciones de emergencia y aplicaciones masivas de tratamientos, la seguridad no pareciera ser un factor importante a estudiar con detenimiento.
Con respecto a la genotoxicidad, se puede leer en todos los prospectos lo siguiente:
Genotoxicidad/carcinogenicidad
No se han realizado estudios de genotoxicidad ni de carcinogenicidad. No se prevé que los componentes de la vacuna (lípidos y ARNm)* tengan potencial genotóxico.
* En el caso de los tratamientos basados en ARN mensajero.
Nótese como se usa el término prevé. Según la RAE, prever se define como:
1. tr. Ver con anticipación.
2. tr. Conocer, conjeturar por algunas señales o indicios lo que ha de suceder.
3. tr. Disponer o preparar medios contra futuras contingencias.
Es decir, en ausencia de evidencia dura a partir de estudios clínicos, Pfizer/BioNTech, Moderna, AstraZéneca y J&J conjeturan que sus tratamientos no tienen ningún efecto sobre la expresión genética. Quizás deberían actualizar, o al menos reconsiderar, este postulado a la luz de algunos descubrimientos al respecto que indican que la inoculación de Comirnaty podría provocar cambios en la expresión genética de LINE-1.
Estudios observacionales: un campo minado de sesgos y factores de confusión
En la medicina basada en evidencia, se consideran los ensayos clínicos del tipo pruebas controladas aleatorizadas de doble ciego como el estándar dorado. Esto se debe a que los estudios de este tipo permiten acotar la posibilidad de la introducción de sesgos y variables confusas. Inferir causalidad a partir de un estudio observacional no es siempre posible y, en caso de ser posible es gracias a que el estudio está muy bien diseñado.
En el caso de la aplicación de los tratamientos genéticos contra la COVID-19 durante el embarazo, no existen estudios del tipo pruebas controladas aleatorizadas de doble ciego. Eso no quiere decir que necesariamente los estudios observacionales disponibles sean improcedentes o inválidos, pero sí es necesario ser consiente de las limitaciones de dichos estudios, especialmente cuando se toman decisiones médicas o epidemiológicas a partir de ellos.
En la Actualización 7 de la Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España de 13 de mayo de 2021, se hace la primera recomendación sobre la vacunación de mujeres embarazadas. Al respecto, se puede leer esto:
5. Vacunación de embarazadas, puerperio y lactantes
Aunque los ensayos clínicos de las vacunas frente a COVID-19 no incluyeron embarazadas, los datos disponibles, principalmente de utilización de las vacunas en EE UU, no indican ningún efecto adverso sobre el embarazo. Un estudio recientemente publicado en los EE UU, que incluyó a 36.591 embarazadas que se habían vacunado con vacunas frente a COVID-19 de ARNm, no encontró señales de seguridad.
El Comité de Vacunación e Inmunización (JCVI) del Reino Unido recomienda que las vacunas frente a COVID-19 deben ofrecerse a las embarazadas al mismo tiempo que al resto de la población, según su edad y riesgo clínico. Dado que las vacunas Comirnaty y Moderna se han estudiado más en embarazadas, recomiendan su preferencia de utilización, aunque en las que recibieron una primera dosis de Vaxzevria recomiendan completar la pauta con la misma vacuna en ese país.
Algunos países de la UE, como Bélgica, también recomiendan el uso de vacunas de ARNm para la vacunación de embarazadas, mujeres en periodo de lactancia y aquellas que deseen quedarse embarazadas. En general, no se ha detectado un mayor riesgo de COVID-19 grave por estar embarazada, más allá de las condiciones de riesgo que presente la mujer.
Teniendo en cuenta lo expuesto en los párrafos anteriores, se propone vacunar a las embarazadas o en periodo de lactancia con vacunas de ARNm cuando les corresponda según el grupo de priorización al que pertenezcan.
Nótese que en la actualización 7 de la Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España mencionan que no hay mayor riesgo para las mujeres embarazadas más allá de sus condiciones particulares de riesgo, pero a partir de la actualización 8 y con escasos 40 días de diferencia, se menciona:
En general, se observa un mayor riesgo de COVID grave (ingreso en UCI, ventilación mecánica, utilización de ECMO y muerte), en embarazadas comparado con no embarazadas, así como parto prematuro, preeclamsia y eventos trombóticos, e independientemente de las condiciones de riesgo que presente la mujer.
Esta observación se hace a partir de 3 estudios, todos realizados antes de mayo de 2021, cuando se hizo la primera recomendación, por lo que no se puede decir que estos datos no estaban disponibles cuando se mencionó que las mujeres embarazadas no tenían mayor riesgo de COVID-19 más allá de sus condiciones de riesgo particular. Un estudio en particular, Clinical Characteristics and Outcomes of Hospitalized Women Giving Birth With and Without COVID-19, llama la atención por los conflictos de intereses declarados. Emplazo al lector a revisarlos.
El estudio referido en la actualización 7, cuando se hizo la primera recomendación sobre vacunar a todas las mujeres embarazadas, fue un estudio observacional realizado sobre 36.591 personas (sic) embarazadas. Este estudio menciona varias limitaciones:
V-safe participation is voluntary, and registration information is not uniformly available at all vaccination locations, although information about the surveillance system is included on the EUA fact sheets for health care providers and patients. Thus, comparisons of the proportions of vaccinated women with these outcomes to previously published estimates are limited by likely differences between these populations in age, ethnic group, and other social, demographic, and clinical characteristics that are known to be associated with pregnancy and neonatal outcomes.
Desde el comienzo, este estudio carece de aleatorización en la selección de los participantes. Eso significa que la representación de los grupos participantes en el estudio podría no estar relacionada con la distribución normal en la que se pueden encontrar esos grupos representados en la población general, i.e., algunos grupos pueden estar sobrerrepresentados y otros subrepresentados.
Se añaden más limitaciones:
Other limitations should also be noted. As with all participant-reported surveillance systems, mistakes in completion of v-safe health surveys can result in misclassification of participants as pregnant; as a result, data for local and systemic reactions that participants reported to the v-safe platform may include some reports from nonpregnant persons. Participants are not required to complete surveys at the same time every day, and our ability to assess onset or duration of adverse events, such as fever, is limited.
Para este estudio, existe la posibilidad de que se hayan incluido participantes como personas (sic) embarazadas a pesar de no serlo, aumentando el denominador para el cálculo de cualquier tasa.
The registry data are preliminary, are from a small sample, and describe mostly neonatal outcomes from third-trimester vaccination; the findings may change as additional pregnancy outcomes are reported and the sample size increases, which may facilitate detection of rare outcomes. We were unable to evaluate adverse outcomes that might occur in association with exposures earlier in pregnancy, such as congenital anomalies, because no pregnant persons who were vaccinated early in pregnancy have had live births captured in the v-safe pregnancy registry to date; follow-up is ongoing.
Esto quiere decir que el Ministerio de Sanidad empezó a recomendar la inoculación a embarazadas sin conocer si estas inoculaciones podrían causar defectos congénitos. ¿Les resulta familiar al caso de la Talidomida?
Seguimos con las limitaciones del estudio:
Our preliminary analysis uses participant-reported data and has limited information on other potential risk factors for adverse pregnancy and neonatal outcomes. The VAERS is subject to the limitations of passive surveillance.12 Despite EUA mandatory reporting requirements and CDC guidance on VAERS reporting, there is probably substantial underreporting of pregnancy- and neonatal-specific adverse events. We also do not know the total number of Covid-19 vaccine doses administered to pregnant persons, which further limits our ability to estimate rates of reported adverse events from VAERS data. Among pregnancy-specific conditions reported to the VAERS after Covid-19 vaccination, miscarriage was the most common. This is similar to what was observed during the influenza A (H1N1) pandemic in 2009 after the introduction of the 2009 H1N1 inactivated influenza vaccine, where miscarriage was the most common adverse event reported by pregnant persons who received that vaccine.
A pesar de que los abortos espontáneos fuero el efecto secundario más observado en los datos obtenidos de los eventos registrados en el VAERS, los cuales admiten están reportados a la baja, el Ministerio de Sanidad español realizó la recomendación de vacunar a mujeres embarazadas. Dado que existe una potencial relación casual entre la inoculación de los tratamientos genéticos y los abortos espontáneos, es oportuno preguntar: ¿recibieron consentimiento informado, especificando los riesgos conocidos y desconocidos, las mujeres embarazas o que estaban buscando quedar embarazadas al momento de ser inoculadas?
Por último, en una fé de errata publicada por los autores, se menciona esto:
No denominator was available to calculate a risk estimate for spontaneous abortions, because at the time of this report, follow-up through 20 weeks was not yet available for 905 of the 1224 participants vaccinated within 30 days before the first day of the last menstrual period or in the first trimester. Furthermore, any risk estimate would need to account for gestational week–specific risk of spontaneous abortion.
Lo cual quiere decir que a partir de los datos disponibles al momento del estudio, era imposible calcular el riesgo de abortos espontáneos en embarazos por debajo de la semana 20. ¿Cuántos abortos espontáneos durante el primer trimestre pudieran atribuirse a la inoculación pero pasaron desapercibidos?
Aún así, y a pesar de que los prospectos de los tratamientos genéticos recomendaban la inoculación sólo cuando los beneficios potenciales superen los riesgos potenciales para la madre y el feto, el Ministerio de Sanidad decidió extender la recomendación de vacunar a todas las mujeres embarazadas.
En el caso de la Talidomida, pasaron varios años desde que se empezó a administrar a mujeres embarazadas hasta que se encontró la relación que tiene la administración de este medicamento con defectos congénitos en los neonatos. Sólo el tiempo nos podrá decir si la inoculación de estas terapias genéticas tendrán efectos sobre los neonatos o sobre la fertilidad femenina.
DOG Núm. 241, Pág. 61802: instrumento jurídico para la implementación de un régimen de discriminación médica.
El 14 de diciembre de 2021, la nefasta Xunta de Galicia, dirigida por el no menos nefasto Núñez Feijóo, decide introducir una normativa que permite implementar políticas de segregación en la población. Esta normativa se presenta de la siguiente manera:
ORDEN de 14 de diciembre de 2021 por la se establecen medidas preventivas de seguridad sanitaria consistentes en la exhibición de documentación que acredite el cumplimiento de determinados requisitos para el acceso a ciertos establecimientos y se prorrogan diversas órdenes como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia.
La consecuencia más conocida de esta normativa queda recogida en este párrafo:
Mediante la Orden de 25 de noviembre de 2021 se modificó la Orden de 14 de septiembre de 2021 por la que se aprueba el nuevo Plan de hostelería segura de la Comunidad Autónoma de Galicia introduciendo determinadas medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia, consistentes en la exhibición de determinada documentación para el acceso al interior de los establecimientos de la hostelería (restaurantes, bares, cafeterías, furanchos...), así como para el acceso al interior de los establecimientos de juego que cuenten con servicios de hostelería y restauración, con la finalidad de que la actividad se pueda desarrollar en condiciones de seguridad, tanto para el personal trabajador como para los clientes.
Otra de las consecuencias de esta normativa es relativa al trato a los acompañantes de personas hospitalizadas los cuales están sometidos a la siguiente norma:
En el caso de los centros hospitalarios, procede indicar que mediante la Orden de 16 de noviembre de 2021 se estableció la medida preventiva de seguridad sanitaria consistente en la exhibición de documentación que acredite el cumplimiento de determinados requisitos para el acceso a los centros hospitalarios de las visitas y acompañantes de los pacientes hospitalizados,
Esta medida, fue además ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia mediante el Auto 127/2021, de 19 de noviembre, dictado en autos de procedimiento de protección de derechos fundamentales 7733/2021.
Aún a pesar de que la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, regula en su artículo 7 los «Derechos relacionados con el acompañamiento del o de la paciente» y en su número 1 expresa lo siguiente:
«1. Serán derechos relacionados con el acompañamiento del o de la paciente los siguientes:
1. Derecho a ser acompañado o acompañada, por lo menos, por una persona que mantenga vínculos familiares o de hecho con el o con la paciente o por una persona de su confianza.
2. Derecho de toda mujer a que se le facilite el acceso al proceso del parto a aquella persona designada por ella a tal efecto.
3. Derecho de las personas menores a estar acompañadas por sus padres, tutores o guardadores.
4. Derecho de las personas incapacitadas a estar acompañadas por los responsables legales de su guardia y protección».
Se argumenta lo siguiente en la resolución del DOG:
Sin embargo, estos derechos no son absolutos o incondicionados, dado que el número 2 del precepto expresa: «los derechos anteriormente citados se limitarán, e incluso se exceptuarán, en los casos en que esas presencias sean desaconsejadas o incompatibles con la prestación sanitaria conforme a criterios clínicos. En todo caso, esas circunstancias serán explicadas a los afectados y a las afectadas de manera comprensible».
Lo cual quiere decir que, a pesar de que los derechos del paciente están siendo vulnerados, el Estado se arroga la potestad de decidir quién y cómo puede acompañar a una mujer parturienta basado en la documentación médica que presente. Es decir, discriminación y segregación por motivos médicos introducida con la excusa de la “pandemia”.
Los protocolos: gríngolas médicas
Si algo ha caracterizado a los médicos en los países occidentales durante la “pandemia” ha sido la aplicación masiva de protocolos médicos sin considerar situaciones particulares o cuestionar la validez clínica o científica de dichos protocolos. En nuestro caso particular, me tomé la molestia de contactar el hospital privado en el cual mi esposa había decidido dar a luz para solicitar información sobre los protocolos COVID-19 durante el parto. Esta fue la respuesta que obtuvimos:
- ¿Cuál es el procedimiento de ingreso para la madre parturienta?
El procedimiento de ingreso va a depender de las razones que lleven al ingreso la usuaria podrá ingresar de manera urgente desde el servicio de urgencias por múltiples causas, como son... estar en trabajo de parto, rotura de bolsa amniótica... o de manera programada.
-De realizarse una prueba PCR al momento de ingreso, ¿cuál es el rango de ciclos para considerarla positiva?
Menos de CT 36/37 Estos resultados siempre son valorados por el medico prescriptor.
En caso de ingreso programado se indicará la realización de una toma de PCR en las 48 horas previas al ingreso y si el ingreso es urgente se realizará previo al ingreso.
- ¿Se realizan pruebas confirmatorias en caso de ser positivo con altos ciclos y en ausencia de síntomas clínicos?
NO. Las técnicas utilizadas son muy sensibles y si detectamos RNA del virus, aunque sea en ciclos altos salen como positivas, salvo excepciones o indicaciones expresas sobre muestras concretas.
-En caso de ser PCR positiva bajo esos parámetros, ¿cómo se procede durante el parto? ¿Cuál es el tratamiento y protocolos a seguir después del parto?
La actuación en caso de madre COVID positivo es la misma que las madres COVID negativo, salvo la necesidad de aislamiento en habitación, y la realización de tomas de PCR al recién nacido. En caso de sintomatología clínica las decisiones dependerán del estado materno y del recién nacido individualizando cada caso. El tratamiento después del parto es indicado por el ginecólogo de la usuaria de forma individual según sus necesidades, normalmente difiere únicamente de las usuarias Covid-19 negativa en la indicación de administración de HBPM.
- ¿Cuáles son los requisitos para el padre acompañando a la madre durante y después del parto?
La usuaria siempre puede estar acompañada de la persona de su elección en el parto vaginal, que debe presentar certificado COVID o prueba diagnóstica negativa (antígeno de las últimas 48 horas o PCR de las ultimas 72 horas). (normativa según DOGA)
- ¿Cuáles son los requisitos para las visitas en la habitación post parto?
En este momento las indicaciones que tenemos de la Conselleria de Sanidad es que se permite una visita por usuario, pudiendo intercambiarse, aunque seguimos recomendando que haya el menor número posible de visitas, todos las visitas y acompañantes deben presentar certificado COVID o prueba diagnóstica negativa (antígeno de las últimas 48 horas o PCR de las ultimas 72 horas) (normativa según DOGA)
Las recomendaciones del Ministerio de Sanidad español con respecto al manejo de la mujer embarazada y el recién nacido con COVID-19, puede encontrarse aquí, en donde, entre otras cosas, se obliga el uso de mascarilla quirúrgica o FP2 para todos los que estén en la sala de parto, incluyendo a la madre parturienta.
Y, ¿qué tiene que ver todo esto con nuestra decisión de irnos de España y Galicia?
Mi esposa y yo hemos decidido no inocularnos la terapia genética por varios motivos:
Ambos hemos padecido el COVID-19 en marzo de 2020. El riesgo de reinfección una vez adquirida la inmunidad natural es bastante bajo. El riesgo de sufrir COVID severo es incluso menor. De hecho, padecimos Omicron en diciembre de 2021 de manera muy leve, a pesar de que ella se encontraba en el segundo trimestre de su embarazo.
Al momento de ser elegible para la vacunación, ella ya se encontraba embarazada, por lo que decidimos no tomar ese riesgo dado que ya contábamos con inmunidad natural.
El balance riesgo/beneficio jamás fue evidentemente positivo a favor de inyectarse la terapia genética. Todo lo contrario: a medida que aprendíamos más sobre la terapia genética, su eficacia y sus efectos secundarios, los supuestos beneficios que obtendríamos resultaban cada vez menos y menos evidentes y, en cambio, los riesgos, especialmente en el caso de ella estando embarazada, son bastante altos.
En Galicia, una mujer embarazada que hubiera decidido no vacunarse no tiene derecho a tener el infame pase COVID y estaría excluida de los espacios donde dicho documento se solicitase puesto que la normativa del DOG no hace excepciones con mujeres embarazadas. Eso quiere decir que las mujeres embarazadas que no quisieran ser discriminadas y segregadas por su estatus médico o hacerse tests PCR de manera rutinaria, tendrían que forzosamente inocularse el tratamiento genético a pesar de las limitaciones de la evidencia actual sobre la seguridad de su aplicación en la salud del feto y el neonato.
Por otro lado, los protocolos descritos anteriormente significan que existe la posibilidad de que yo, como padre, no pueda estar presente durante el parto puesto que no tengo intención de inocularme contra la COVID-19. Para poder estar en el parto, tendría que practicarme una prueba PCR cada 48 horas, potencialmente durante 1 mes (desde la semana 37 en adelante) para poder evitar ser excluido de estar presente durante el nacimiento de mi hija. Le emplazo a que calcule usted el costo monetario de hacer tales pruebas de manera rutinaria. Al ser el primer parto de mi esposa, la idea de entrar sola a una sala de partos con enfermeros y médicos que no hablan su idioma es absolutamente aterradora.
Efecto mariposa: consecuencias inesperadas de los experimentos globales
Como ha sucedido de manera rutinaria durante la “pandemia”, los pacientes y su derecho a recibir un trato digno y un tratamiento adecuado ha sido pisoteado. Quizás por ello, veremos en el futuro mucha más gente optando por tratamientos alternativos, fuera de la medicina halopática y mucho más centrados en concebir de manera holística cada paciente como un caso particular en vez de hacer recomendaciones de brocha gorda a diestra y siniestra basadas en protocolos.
Y mientras se siga el camino de implementar estos protocolos sin considerar al paciente de manera particular y mientras la relación paciente-médico se debilite a medida que la medicina se despersonaliza, los médicos estarán en camino de ser sustituidos por la inteligencia artificial. Tal como están las cosas, es probable que los pacientes ni lo notasen y hasta lo celebren si eso significa que los tiempos de espera puedan acortarse en la sanidad pública.
En tiempos de experimentos globales, los resultados y consecuencias siempre son desconocidos. Ahora nos queda dilucidar si son para mejor o para peor. Amanecerá y veremos.